Inyección cero; una alternativa sólida por el autoconsumo eléctrico

Hoy en día, el sector de la fotovoltaica pasa por un momento de incertidumbre tal que está afectando considerablemente a la rentabilidad de las empresas de este sector. El Real decreto de Autoconsumo 900/2015 y su famoso “peaje al sol”, y su aprobación en octubre de 2015, crea una desconfianza muy grande por parte del cliente final a la hora de decidir instalar placas fotovoltaicas. Hoy en día, se puede afirmar que las represalias causadas por este Real decreto, durante su periodo de borrador y la posterior aprobación, han sido abismales.
En relación a esto y como solución para la actual situación del sector fotovoltaico surge la inyección cero. El sistema de inyección cero consiste en un sistema aislado donde no se necesitan baterías, es decir, el consumo se instantáneo y además no se inyectan excedentes de producción eléctrica a la red. Este sistema funciona como cualquier sistema fotovoltaico pero que se diferencia porque incorpora un dispositivo que contabiliza 3 flujos; el consumo energético de la vivienda, la producción solar y la energía aportada de red. Todo esto mediante un sistema de regulación de flujo de corriente que hará que solamente haya producción de corriente alterna por parte del inversor cuando haya demanda de energía evitando así que el excedente de energía vaya a la red. Además, se permite la comunicación y monitorización vía wifi a través del PC. Y el que interesa más se que los excedentes de energía los podemos derivar a una fuente de necesidad constando como puede ser a una resistencia eléctrica del acumulador de ACS.
Principalmente, los sistemas de inyección cero nacen con el objetivo de facilitar la legalización de las plantas de autoconsumo al margen del Real decreto 1699/2011. En este, se especifica unos trámites pesados y largos con costes asociados a la legalización. Con la inyección cero nos ahorramos la solicitud de punto de conexión y la instalación de un contador bidireccional que mide la energía excedentaria, además nos evitamos la formalización de un contrato de abanica de energía excedentaria (a los particulares se los obligaba a darse de alta como autónomo). Además, un motivo también muy evidente para instalar un sistema de inyección cero es que hace casi imposible detectar que existe esta instalación y por lo tanto, si no se quiere legalizar, no hay manera de detectarla. No decimos que sea uno práctica éticamente correcto, pero se una práctica que existe.
De todos modos, a fecha de hoy existen medios para legalizar esta instalación, los cuales sueño mucho más ágiles y sencillos que legalizar el autoconsumo regular con inyección. Algunas comunidades autónomas, entre ellas Cataluña, han aprobado los procedimientos administrativos para reconocer la instalación fotovoltaica de inyección cero. El procedimiento, que se ampara al ITC-BT-40 del reglamento electrotécnico de Baja Tensión, se lo siguiente:
• Realización de la instalación.
• Presentación del certificado de instalación eléctrica más proyecto técnico o memoria técnica justificativa de la inyección cero a un Organismo de Control (GANSO).
• Verificación por parte del Organismo de Control.
• Comunicación de la posta en marcha a la compañía eléctrica mediante la presentación de un proyecto o memoria técnica a la empresa suministradora de energía eléctrica. Es importante saber que sólo se tiene que comunicar y en ningún caso se tiene que pedir permiso.
Con este artículo se quiere incentivar la instalación fotovoltaica puesto que gracias a este nuevo sistema, disponemos de un producto muy competitivo y lo vemos con capacidad para contribuir a la reactivación de la fotovoltaica. Si queréis saber más información poneos en contacto con nosotros, nuestro departamento técnico te puede asesorar y ofrecer un pack fotovoltaico de inyección cero a medida para vuestra instalación.